Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 168

TITULO PRIMERO ACTOS PREPARATORIOS AL JUICIO · CAPITULO III PRELIMINARES DE LA CONSIGNACION

ARTÍCULO 168.- Costas.

Si el ofrecimiento y la consignación fueren procedentes, todas las costas serán por cuenta del acreedor, incluyendo las de almacenaje y los honorarios del depositario.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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