Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 203

TITULO PRIMERO ACTOS PREPARATORIOS AL JUICIO · CAPITULO VI MEDIDAS CAUTELARES

ARTÍCULO 203.- Procedencia del juicio ordinario.

Todas las contiendas entre partes para las que este Código no señale una tramitación especial, se substanciarán en juicio ordinario.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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