ARTÍCULO 511.- Objeto de estos juicios.
Se tramitarán conforme a las reglas de este Capítulo, los juicios que tengan por objeto:
I.- El desconocimiento de la paternidad de hijos nacidos dentro del matrimonio;
II.- La nulidad del reconocimiento de hijos naturales;
III.- La comprobación de la posesión de estado y filiación de los hijos legítimos; y
IV.- La investigación de la paternidad y maternidad.