ARTÍCULO 562.- Vía procedente.
Los juicios sobre reivindicación se ventilarán en la vía ordinaria, a la que se aplicarán, además, las reglas de este Capítulo.
TITULO TERCERO JUICIOS SOBRE POSESION Y PROPIEDAD · CAPITULO III JUICIO REIVINDICATORIO
ARTÍCULO 562.- Vía procedente.
Los juicios sobre reivindicación se ventilarán en la vía ordinaria, a la que se aplicarán, además, las reglas de este Capítulo.
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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