Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 61

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES COMUNES A LA ACTUACIÓN PROCESAL · CAPÍTULO IV

ARTÍCULO 61.- Cuando la ley no señale término para la práctica de un acto judicial o para el ejercicio de algún derecho durante el juicio, se tendrá por señalado el de tres días.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.