Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 865

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO IV

ARTÍCULO 865.- Cuando el interés de la tercería exceda del que la ley someta a la jurisdicción de los jueces menores, será aplicable lo que a este respecto dispone el artículo 188.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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