Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 269

TITULO CUARTO · CAPITULO I Reglas Generales

Artículo 269.- Cuando todos los interesados en el juicio pidan que se dé por concluido el término de prueba, el juez lo declarará así, aunque no se haya vencido el término señalado.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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