ARTICULO 542-B El efecto de la acumulación será que los autos acumulados se decidan en una misma sentencia. (ADICIONADO, G.O. 31 DE MARZO DE 1988)
Artículo 542-B
TITULO DECIMO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO · CAPITULO I De los Incidentes en General
Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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