Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 599

TITULO DECIMO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO · CAPITULO II De las testamentarías

ARTICULO 599 Respecto del declarado ausente, se entenderá la notificación con el que fuere su representante legítimo.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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