Artículo 960.- La tercera sección se llamará de graduación y contendrá:
I.- Todos los documentos que justifiquen los créditos
II.- Las pruebas que en pro o en contra de ellos se rindieren.
III.- Los incidentes que se susciten entre los acreedores sobre validez, preferencia o liquidación de sus créditos.
IV.- Las demás cuestiones particulares entre los acreedores.