Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 507

TITULO SEGUNDO JUICIOS EN PARTICULAR · CAPITULO III JUICIO ORAL

ARTICULO 507.- Las disposiciones relativas al juicio sumario podrán aplicarse al oral en concepto de supletorias, pero en su aplicación el juez deberá tener en cuenta la naturaleza de éste, para no desvirtuarla en ningún caso.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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