Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 560

TITULO TERCERO JUICIOS SOBRE CUESTIONES FAMILIARES Y ESTADO · CAPITULO II CUESTIONES MATRIMONIALES

ARTICULO 560.- Cuando se pida autorización judicial para que la mujer contrate con su marido, se obligue solidariamente con él en asuntos que sean de interés exclusivo de éste, o sea su fiadora, el juez recibirá en una audiencia las pruebas que ofrezcan las partes para justificar que no resultan perjudicados los intereses de la mujer, y oyendo al Ministerio Público, resolverá lo que proceda.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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