Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 677

TITULO CUARTO JUICIO SOBRE POSESION Y PROPIEDAD · CAPITULO IV JUICIOS SOBRE SERVIDUMBRE

ARTICULO 677.- Cuando la sentencia sea condenatoria, el actor puede exigir del reo que caucione el respeto de la libertad del inmueble.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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