Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 86

TITULO SEGUNDO DE LAS PARTES · CAPITULO V GASTOS, COSTAS Y DAÑOS PROCESALES

ARTICULO 86.- El tribunal podrá sancionar el ejercicio malicioso de la acción y falta de probidad y lealtad de las partes, con la condena en los daños y perjuicios que ocasione a la contraparte con motivo del proceso, independientemente de lo que acuerde sobre las costas.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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