ARTÍCULO 204.- Concepto de violencia.- La violencia a las personas se distingue en física o moral.
Se entiende por violencia física en el robo la fuerza material que para cometerlo se hace a una persona.
Hay violencia moral cuando el ladrón amaga o amenaza a una persona con un mal grave, presente o inmediato, capaz de intimidarla.
Se equipará a la violencia moral, la utilización de juguetes u otros objetos que tengan apariencia, forma o configuración de armas de fuego, o de pistolas de municiones o aquellas que arrojen proyectiles a través de aire o gas comprimido.
Artículo Reformado