Código Penal para el Estado de Baja California · Baja California

Artículo 286

TITULO PRIMERO DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO · CAPITULO IX DISPOSICIONES COMUNES PARA LOS CAPITULOS DE ESTE

ARTÍCULO 286.- Clasificación.- Se consideran delitos contra la seguridad del Estado los de rebelión, sedición, motín y el de conspiración para cometerlos.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de febrero de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.pjbc.gob.mx.

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