ARTÍCULO 132.- El indulto extingue las sanciones impuestas, con excepción de la reparación del daño, el decomiso de objetos prohibidos y la inhabilitación.
Artículo 132
TÍTULO QUINTO CAUSAS EXTINTIVAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL · CAPÍTULO VI PRESCRIPCIÓN DE LAS SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de junio de 2009. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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