Código Penal para el Estado de Chiapas · Chiapas

Artículo 178

Artículo 178.- Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.

(REFORMADO, P.O. 27 DE NOVIEMBRE DE 2024)

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de noviembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialchiapas.gob.mx.

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