ARTÍCULO 259. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE EJERCICIO ARBITRARIO DEL PROPIO DERECHO. Se aplicará prisión de tres días a tres años y multa: A quien para hacer efectivo un derecho que deba pedir por la vía legal, arbitrariamente se haga justicia por sí mismo; independientemente de que el hecho constituya otro delito, en cuyo caso se aplicarán las reglas del concurso.
El ejercicio arbitrario del propio derecho será incompatible con los casos de exceso en el ejercicio del derecho como modalidad atenuante de tipos penales delictivos que la admitan o respecto de aquellos tipos penales que impliquen dicho ejercicio arbitrario.
APARTADO SEGUNDO
DELITOS CONTRA LA SOCIEDAD