ARTÍCULO 133 . Cuando en la comisión de las lesiones intervengan dos o más sujetos y no constare quién o quiénes fueron los autores, a todos se les impondrán desde el mínimo, hasta las tres cuartas partes del máximo de las penas y, en su caso, las medidas de seguridad, correspondientes a las lesiones cometidas, según su respectiva modalidad.
(CAPÍTULO ADICIONADO DECRETO 471, P.O. 80, 09 SEPTIEMBRE 2024)