ARTÍCULO 15. Principio de validez temporal.
Es aplicable la ley penal vigente en el momento de la realización del delito.
TÍTULO PRIMERO LA LEY PENAL · CAPÍTULO I VALIDEZ ESPACIAL DE LA LEY
ARTÍCULO 15. Principio de validez temporal.
Es aplicable la ley penal vigente en el momento de la realización del delito.
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.
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