Código Penal para el Estado de Colima · Colima

Artículo 32

TÍTULO TERCERO CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO · CAPÍTULO I PENAS, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS

ARTÍCULO 32. Catálogo de penas. Las penas que se pueden imponer por la comisión de un delito son:

I. Prisión;

II. Tratamiento en libertad de imputables;

III. Semilibertad;

IV. Trabajo a favor de la víctima o de la comunidad;

V. Sanciones pecuniarias;

VI. Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito;

(REFORMADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)

VII. Suspensión de derechos, destitución e inhabilitación para el desempeño de cargos, comisiones o empleos, y privación definitiva de derechos;

(REFORMADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)

VIII. Amonestación; y (ADICIONADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)

IX. Confinamiento en domicilio y no salir, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública con la salud y las necesidades del sentenciado.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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