Código Penal para el Estado de Colima · Colima

Artículo 34

TÍTULO TERCERO CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO · CAPÍTULO I PENAS, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS

ARTÍCULO 34. Catálogo de consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales.

Las consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales, son:

I. Disolución;

II. Suspensión;

III. Prohibición de realizar determinadas operaciones;

IV. Intervención; y

V. Remoción.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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