Código Penal para el Estado de Colima · Colima

Artículo 55

TÍTULO TERCERO CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO · CAPÍTULO VIII SUSPENSIÓN O PRIVACION DE DERECHOS, DESTITUCIÓN E INHABILITACIÓN

ARTÍCULO 55 . Suspensión o privación de derechos.

La suspensión consiste en la pérdida temporal de derechos.

La privación consiste en la pérdida definitiva de algún derecho.

La destitución consiste en la privación definitiva del empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el servicio público. 23

La inhabilitación implica la incapacidad temporal para obtener y ejercer cargos, comisiones o empleos públicos.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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