Artículo 136 Ter.- También comete el delito de Abuso de Autoridad, el Servidor Público que autorice o expida licencia de funcionamiento, que permita la venta de bebidas alcohólicas, sin que se hayan cumplido las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes. Al responsable de este delito se le impondrán de tres a cinco años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, la destitución del cargo y la inhabilitación de 2 a 8 años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.
Artículo 136 TER
TITULO SEGUNDO DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA · CAPITULO X ABUSO DE AUTORIDAD
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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