Artículo 232. Agravantes . Las penas previstas en el artículo 229 se aumentarán hasta en una mitad cuando el robo se cometa:
(…)
VIII. Respecto de documentos que se conserven en oficinas públicas, cuando la sustracción afecte el servicio público o cause daños a terceros. Si el delito lo comete una persona, que en calidad de servidor público, labore en la dependencia en la que se cometió el 83
C C C Ó Ó Ó D D D I I I G G G O O O P P P E E E N N N A A A L L L P P P A A A R R R A A A E E E L L L E E E S S S T T T A A A D D D O O O L L L I I I B B B R R R E E E Y Y Y S S S O O O B B B E E E R R R A A A N N N O O O
D D D E E E G G G U U U E E E R R R R R R E E E R R R O O O , , , N N N Ú Ú Ú M M M E E E R R R O O O 4 4 4 9 9 9 9 9 9 . . . robo, se le impondrá, además, destitución e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.”
Las agravantes establecidas en los artículo 233 y 234 del mismo Proyecto, son las siguientes:
“
ARTÍCULO 232 SEXIES AL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE GUERRERO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, NÚMERO 499.
(ARTICULO ÚNICO. - Se adicionan los artículos 232 Quater, 232 Quinter y 232 Sexies).
P.O. EDICIÓN No. 34 ALCANCE II, DE FECHA MARTES 29 DE ABRIL DE 2025.
PRIMERO. El presente Decreto surtirá sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero.
SEGUNDO. Remítase a la titular del Poder Ejecutivo del Estado para su conocimiento y efectos legales correspondientes.
TERCERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, y désele difusión en el portal Web del H. Congreso del Estado y en sus redes sociales, para conocimiento general y efectos legales procedentes.
35.- DECRETO NÚMERO 213 POR EL QUE SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO, SE ADICIONA UN SEGUNDO Y TERCER PÁRRAFO AL