Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 499) · Guerrero

Artículo 260

Artículo 260. Persecución por querella en razón del hecho cometido . Se perseguirán por querella los delitos previstos en los artículos siguientes, además de aquellos supuestos en donde expresamente se indique tal requisito de procedibilidad:

I. Artículos 225, 228 párrafo primero, 229, cuando el monto de lo robado no exceda de cincuenta veces el salario mínimo, salvo que concurra la agravante a que se refiere la fracciones VIII del artículo 232 o las previstas en el artículo 233 ó 234.

Agravantes establecida en las fracciones VII del artículo 232, es la siguiente:

“

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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