Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 499) · Guerrero

Artículo 266

TÍTULO DECIMO SEXTO, P.O. No. 57 ALCANCE

Artículo 266. Definición de servidor público

Para los efectos de este código, son servidores públicos del Estado los representantes de elección popular, los funcionarios, empleados y, en general, toda persona que con independencia de su jerarquía o adscripción desempeñe un empleo, cargo o comisión dentro de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los ayuntamientos, los órganos autónomos o con autonomía técnica, organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, empresas productivas del Estado o que manejen recursos económicos del Estado.

Las disposiciones contenidas en el presente título, son aplicables al Gobernador Constitucional del Estado, a los Diputados del Congreso del Estado y a los Magistrados de los Tribunales de Justicia Estatales, por la comisión de los delitos previstos en este título.

(REFORMADO, P.O. No. 57 ALCANCE VI, DE FECHA MARTES 18 DE JULIO DE 2017)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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