Artículo 133 . Al que cometa un delito en contra de un servidor público en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de seis meses a tres años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.
Artículo 133
TÍTULO CUARTO DELITOS CONTRA LA AUTORIDAD · CAPÍTULO IV Delitos Cometidos contra Representantes de la Autoridad
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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