Código Penal para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 247

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO V USO ILEGAL DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES

Artículo 247. Uso ilegal de atribuciones y facultades

Comete el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades:

I. Quien teniendo la calidad de servidor público e ilegalmente: a) Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes del patrimonio del Estado; b) Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico; c) Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales y sobre precios o tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados por la administración pública del Estado; d) Otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos públicos; y,

II. La persona que en calidad de servidor público y teniendo a su cargo fondos públicos, les dé una aplicación pública distinta de aquella a que estuvieren destinados o hiciera un pago ilegal.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de marzo de 2016. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: morelos.morelia.gob.mx.

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