Artículo 246. Coalición de servidores públicos
A quienes teniendo la calidad de servidores públicos, que con el fin de impedir o suspender las funciones legislativas, administrativas o jurisdiccionales, se coaliguen y tomen medidas contrarias a una ley, reglamento o disposición de carácter general, impidan su aplicación, ejecución o dimitan de sus puestos, se les impondrá de dos a cinco años de prisión y de cien a trescientos días multa.