Artículo 8. Principio de punibilidad independiente.
Quienes intervengan en un acto delictivo responderán cada uno en la medida de su propia culpabilidad.
Artículo 8. Principio de punibilidad independiente.
Quienes intervengan en un acto delictivo responderán cada uno en la medida de su propia culpabilidad.
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de marzo de 2016. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: morelos.morelia.gob.mx.
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