Código Penal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 253

TÍTULO OCTAVO DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS · CAPÍTULO VII

ARTÍCULO 253 .- Las sanciones del artículo anterior, se aplicarán también a los encargados o comisionados por un funcionario público, que con aquella investidura cometan el delito de concusión. 126

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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