Código Penal para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 4

TITULO PRIMERO

ARTÍCULO 4.- Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en otra ley del Estado, se aplicará esta última en lo conducente las disposiciones del presente Código.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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