Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 13

CAPÍTULO SEGUNDO

Artículo 13 6

La conducta es dolosa, si se ejecutó con intención y coincide con los elementos del tipo penal o se previó como posible el resultado típico y se quiso o aceptó la realización del hecho descrito por la Ley.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ojp.puebla.gob.mx.

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