Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 329

CAPÍTULO DÉCIMO

Artículo 329

La alevosía consiste en sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando asechanza u otro medio que no le dé lugar a defenderse, ni a evitar el mal que se le quiere hacer.

552 Fracción reformada el 31/dic/2012.

553 Fracción reformada el 31/dic/2012.

554 Fracción reformada el 31 /dic/ 2012 y el 10/dic/2018.

555 Fracción reformada el 31 /dic/ 2012 y el 10/dic/2018.

556 Fracción adicionada el 10/dic/2018.

557 Fracción adicionada el 10/dic/2018.

558

Artículo reformado el 10/dic/2018.

559

Artículo reformado el 31/dic/2012. Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla

193

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ojp.puebla.gob.mx.

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