Artículo 438 855
Tratándose de delitos cometidos contra servidores públicos en el ejercicio de sus funciones de seguridad pública, las sanciones se aumentarán hasta en un tercio.
CAPÍTULO DÉCIMO
Artículo 438 855
Tratándose de delitos cometidos contra servidores públicos en el ejercicio de sus funciones de seguridad pública, las sanciones se aumentarán hasta en un tercio.
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ojp.puebla.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.