Código Penal para el Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 109

TÍTULO QUINTO EXTINCIÓN DE LA PRETENSIÓN PUNITIVA Y DE LA POTESTAD · CAPÍTULO VII RECONOCIMIENTO DE LA INOCENCIA

ARTÍCULO 109.- La rehabilitación tiene por objeto reintegrar al sentenciado en el goce de los derechos de cuyo ejercicio se le hubiere suspendido, privado o inhabilitado en los términos señalados por las disposiciones jurídicas aplicables. (Ref . P. O. No. 39, 27-V-22) CAPÍTULO IX

EXTINCIÓN DE LA MEDIDAS DE TRATAMIENTO

DE INIMPUTABLES

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.