Código Penal para el Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 246-C

TÍTULO SÉPTIMO DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LOS ANIMALES · CAPÍTULO I DELITOS CONTRA EL AMBIENTE

ARTÍCULO 246-C.- Cuando las conductas previstas en este Capítulo se ejecuten en territorio decretado como área natural protegida, la pena se aumentará hasta en una mitad. (Adición P. O. No. 43, 20-X-00)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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