Código Penal para el Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 266

TÍTULO SEGUNDO DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN · CAPÍTULO V

ARTÍCULO 266.- Cometen el delito de coalición de servidores públicos, los servidores públicos que de común acuerdo tomen medidas contrarias a una Ley, reglamento o disposición de carácter general, impidan su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el f in de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas. (Ref .

P. O. No. 29, 8-VI-12) CAPÍTULO VII

PECULADO

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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