Código Penal para el Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 265

TÍTULO SEGUNDO DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN · CAPÍTULO V

ARTÍCULO 265.- Comete el delito de intimidación, el servidor público que por sí o por interpósita persona, intimide a cualquier otra utilizando la violencia f ísica o moral, para evitar que ésta o un tercero denuncie, f ormule querella o aporte inf ormación relativa a la comisión de un delito o de una f alta administrativa grave cometida por servidor público en términos de las disposiciones legales aplicables. (Ref . P. O. No. 39, 27-V-22)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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