ARTÍCULO 9.- El delito es la conducta tipicamente antijurídica y culpable.
Artículo 9
TÍTULO PRIMERO APLICACIÓN DE LA LEY PENAL · CAPÍTULO II APLICACIÓN EN EL TIEMPO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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