ARTÍCULO 324 . Al que indebidamente se atribuya y ejerza funciones propias de un servidor público, se le aplicarán de seis meses a cinco años de prisión y de veinte a cien días multa.
Artículo 324
TÍTULO TERCERO DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN · CAPÍTULO VIII USURPACIÓN DE FUNCIONES
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: media.transparencia.sinaloa.gob.mx.
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