Código Penal para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 253

TÍTULO DÉCIMO DELITOS EN CONTRA DE LA FE PÚBLICA · CAPÍTULO I Falsificación de Documentos en General

ARTÍCULO 253 . Asimismo, comete el delito de falsificación de documentos, quien, siendo médico, certifica falsamente que una persona tiene una enfermedad u otro impedimento bastante para dispensarla de prestar un servicio que exija la ley, de cumplir una obligación que ésta impone o para adquirir algún derecho.

En este caso se sancionará con la pena que establece el artículo 250 de este Código.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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