Artículo 3. Es aplicable la ley penal vigente en el tiempo de realización del delito.
REFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012
TITULO PRIMERO LEY PENAL 5 · CAPITULO I VALIDEZ ESPACIAL
Artículo 3. Es aplicable la ley penal vigente en el tiempo de realización del delito.
REFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012
Última reforma de esta ley incorporada: 6 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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