Artículo 64. Si el sujeto activo realiza el hecho bajo un estado de imputabilidad disminuida, se le impondrán hasta las dos terceras partes de la sanción aplicable para el delito cometido. En estos casos quedará subsistente la atribución del hecho a título doloso.
Artículo 64
TITULO CUARTO APLICACION DE SANCIONES · CAPÍTULO II
Última reforma de esta ley incorporada: 6 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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