ARTÍCULO 223.- Al responsable del delito de uso ilícito de atribuciones y f acultades, se le impondrán las siguientes sanciones:
I.- Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace ref erencia este Artículo no exceda del equivalente de tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se impondrán de cuatro a diez años de prisión, multa de cien a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y destitución e inhabilitación de cuatro a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos, y
Fracción reformada, P.O. No. 44, del 13 de abril de 2022. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2022/04/cxlvii-44-130422F.pdf
II.- Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace ref erencia este Artículo, exceda del equivalente de tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se impondrán de diez a veinte años de prisión, multa de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y destitución e inhabilitación de diez a veinte años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Fracción reformada, P.O. No. 44, del 13 de abril de 2022. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2022/04/cxlvii-44-130422F.pdf