ARTÍCULO 229.- Al responsable del delito de tráf ico de inf luencia se le impondrá sanción de dos a ocho años de prisión, multa de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Artículo 229
TÍTULO OCTAVO DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN · CAPÍTULO XII TRÁFICO DE INFLUENCIA
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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