Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 302

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO ÚNICO VIOLACIONES DE LAS LEYES SOBRE INHUMACIONES Y EXHUMACIONES

ARTÍCULO 302.- Comete el delito a que se ref iere este capítulo:

I.- El que oculte o sin la orden de la autoridad que deba darla o sin los requisitos que exijan las leyes, destruya, sepulte o mande sepultar un cadáver o f eto humano; y

II.- El que exhume o mande inhumar un cadáver sin los requisitos legales o con violación de derechos.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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