Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 303

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO ÚNICO VIOLACIONES DE LAS LEYES SOBRE INHUMACIONES Y EXHUMACIONES

ARTÍCULO 303.- Al responsable del delito a que se ref iere el Artículo anterior, se le impondrá una sanción de tres días a dos años de prisión y multa de uno a cuarenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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